Declaración de Accesibilidad

 

El Ministerio de Justicia – Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia se ha comprometido a hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público, por el que se traspone la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016.

La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://datos.justicia.es, excluyendo los contenidos incrustados provenientes de otros dominios.

Situación de cumplimiento

Este sitio web es parcialmente conforme con el RD 1112/2018 debido a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

Contenido no accesible

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:

  1. Falta de conformidad con el RD 1112/2018
    • Algunas imágenes no están etiquetadas o tienen una alternativa textual genérica [requisito número 9.1.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Contenido no textual] 
    • En algunas páginas la información, estructura y relaciones no están determinadas por software o no tienen alternativa como texto. [requisito número 9.1.3.1 de la UNE-EN 301549:2021-03 de información y relaciones]
    • Alguna página no tiene definida por programa al menos una secuencia correcta de lectura [requisito número 9.1.3.2 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Secuencia significativa]
    • En algunos formularios el campo de entrada que recopila información sobre el usuario no tiene identificado el propósito [requisito número 9.1.3.5 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 identificación del propósito de entrada]
    • En algunas páginas se ha utilizado el color como único medio visual para transmitir información, indicar una acción, provocar una respuesta o distinguir un elemento visual [requisito número 9.1.4.1 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 uso del color]
    • En algunas páginas la relación de contraste en texto o imágenes podría no ser de al menos 4.5:1 [requisito número 9.1.4.3 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 contraste mínimo]
    • En algunas páginas el contenido puede perder funcionalidad o información al ampliar el contenido [requisito número 9.1.4.10 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 reajuste del texto]
    • En algunas páginas el contraste de los componentes de interfaz de usuario y de objetos gráficos podría no llegar al 3:1 con los colores adyacentes [requisito número 9.1.4.11 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 contraste no textual]
    • En algunas páginas algunos elementos no tienen el foco del teclado [requisito número 9.2.1.1 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Teclado]
    • En algunas páginas la navegación secuencial mediante el teclado podría no tener un orden consistente [requisito número 9.2.4.3 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 orden del foco]
    • La ubicación del foco no es siempre visible cuando se navega con teclado [requisito número 9.2.4.7 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Foco visible]
    • De manera puntual algunas etiquetas que acompañan a los controles no tienen el mismo nombre [requisito número 9.2.5.3 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 inclusión de la etiqueta en el nombre]
    • Hay contenidos o frases dentro de la página cuyo idioma no puede determinarse por programa [requisito número 9.3.1.2 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Idioma de las partes]
    • En algunas páginas los componentes de interfaz de usuario como elementos de formulario, enlaces y componentes generados por script no siguen la estructura recomendada por las pautas de accesibilidad [requisito número 9.4.1.2 de la norma UNE-EN 301549:2021-03 Nombre, función, valor]
  2. Carga desproporcionada
    • No aplica.
  3. El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable
    • Pueden existir archivos de ofimática en PDF y otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad. Aunque se ha procurado que la mayoría de ellos sí lo cumplan. 
    • Puede haber contenidos de terceros que no estén desarrollados por el Ministerio de Justicia o que no estén bajo su control, como por ejemplo, archivos ofimáticos. 
    • Pueden existir archivos pregrabados publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad.

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el 23/06/2022.

El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por la empresa Everycode S.L. el día 16/06/2022

Última revisión de la declaración: 23/06/2022.

 

Observaciones y datos de contacto

 

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a) del RD 1112/2018) como, por ejemplo:

  • Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web
  • Transmitir otras dificultades de acceso al contenido
  • Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web

Puede hacerlo a través del siguiente formulario de contacto https://datos.justicia.es/contacto

Acorde al artículo 10.2b del RD 1112/2018, también puede presentar:

  • Una queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD1112/2018.
  • Una solicitud de información accesible relativa a:
    • Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4.
    • Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.

En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.

Podrá hacerlo a través de la Instancia Genérica de la Sede electrónica del Ministerio de Justicia https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramites/solicitudes-escritos, así como el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por la Subdirección General de Información Administrativa e Inspección General de Servicios.

Procedimiento de reclamación

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.

La reclamación puede ser presentada a través de la Instancia Genérica de la Sede electrónica del Ministerio de Justicia, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por la Subdirección General de Información Administrativa e Inspección General de Servicios.